Legislación
China:
Tener 30 años (ambos en caso de matrimonio), para las
parejas no tener más de 53 años en el momento de
presentar la solicitud de idoneidad en España (en el caso
de parejas el CCAA no permitirá la adopción cuando,
en el momento de la asignación, ambos superen la edad de
55 años), no tener más de 50 años en caso
de familia monoparental.
La legislación china no acepta parejas de hecho, es necesario
que la pareja esté casada de acuerdo con la ley española.
Puede solicitar la adopción una de las dos personas como
soltera/o. En este caso el artículo 9 de la Ley china dice
que cuando se adopte una niña y el adoptante sea un hombre
que no tenga esposa, la diferencia de edad entre el adoptante
y la menor no será inferior a 40 años. China admite
que sólo el 8 por ciento de expedientes de adopción
sean de personas solteras.
La legislación china no permite la adopción a homosexuales.
No tener más de 5 hijos que conviven con los padres. De
todas formas puede que se llegue a dar prioridad para adoptar
a las familias que no tienen hijos o tienen únicamente
1 o dos hijos.
En las reuniones mantenidas con los responsables del Centro Chino
de Adopciones en su visita a España en Julio de 2002, se
expusieron los nuevos criterios que van a estar presentes en el
Protocolo de Adopción Internacional entre nuestros 2 países,
destacamos los criterios de asignación de menores: